
La perspectiva de género en la salud de las mujeres permite analizar su realidad en cada contexto histórico, cultural, económico y medioambiental. El feminismo, a lo largo de su historia, contribuye con pensamiento crítico al conocimiento objetivo del estado de salud de las mujeres y sus variaciones, a través de los malestares y disfunciones, de las características clínicas y evolución de las patologías, del sentir y el relato de las mujeres, de sus biografías y testimonios. Las respuestas que las ciencias de la salud y los sistemas sanitarios han ofrecido y ofrecen a las mujeres se producen en un contexto de desigualdad estructural. Por ello, se requiere perspectiva de género y evidencia científica en las políticas de investigación, salud pública y asistencia sanitaria

La estructura de poder y el androcentrismo han instaurado desigualdades en detrimento de las mujeres. Así pues, tanto el enfoque de las diferencias entre hombres y mujeres en cuanto a la salud y al proceso de enfermar, por sus características biológicas; como el de las desigualdades de género en salud, cuyo origen es social, tienen sesgos de género [1]. Sesgos que se producen por no tener en cuenta la realidad biológica, psicológica, social y cultural de las mujeres en los procesos de investigación, diagnóstico, tratamiento y prevención de sus formas de enfermar, ni en la valoración de su estado de salud. Como tampoco en la formación de los profesionales de las ciencias de la salud.
Es imprescindible la participación efectiva de las mujeres en la toma de decisiones, así como la perspectiva de género en la investigación científica con la inclusión de mujeres, que abunde en el conocimiento de la exposición a los riesgos, la etiología de las enfermedades, la presentación clínica y sus tratamientos a la luz de la evidencia científica. Y para que la Epidemiología haga su papel en el manejo de las variables que describen y explican las características, diferencias, similitudes y causalidad en las formas de enfermar de las mujeres y los hombres.
Vivimos tiempos de crisis e incertidumbre, en sociedades cada vez más estresadas y estresantes, cuyos efectos son diferentes para la salud de hombres y mujeres. A lo largo de sus vidas, las mujeres presentan peor estado de salud y mayor frecuencia de enfermedades crónicas que los hombres. Para establecer estrategias y programas de salud con perspectiva de género es necesario el estudio de la morbilidad diferencial [2], para cuantificar las patologías específicas de las mujeres y las que presentan mayor prevalencia con respecto a los hombres.
Es un reto cuantificar el impacto en la salud de las mujeres de factores de riesgo como la sobrecarga física y el estrés a lo largo de sus vidas, por la asunción de cuidados físicos y emocionales en la familia, la presión para que sus cuerpos se ajusten a las modas, la hipersexualización desde la infancia, las redes sociales, la doble-triple jornada sin descansos, la insatisfacción y frustración en su desarrollo personal, la inferiorización, la invisibilidad, la subordinación de sus intereses y opciones, etc. En definitiva, la desigualdad estructural y la violencia contra ellas en todas sus formas.
Aunque la violencia contra las mujeres merece un tratamiento monográfico y atención permanente, se incluyen algunos datos insoportables que muestran el enorme sufrimiento y el riesgo de lesión, enfermedad y muerte que supone. En 2025, en España, 46 mujeres han sido asesinadas por sus parejas o exparejas y 3 menores de edad han sido víctimas mortales en casos de violencia de género contra su madre o tutora legal [3].
La Macroencuesta de Violencia contra la Mujer 2024 [4] es especialmente reveladora, y proporciona indicadores relativos a la violencia que sufren las mujeres residentes en España, de 16 o más años. En algún momento de su vida, el 30,3 % de las mujeres (6.445.301) ha sufrido al menos un tipo de violencia en la pareja o expareja del conjunto de todas las violencias (física, sexual, psicológica -emocional y de control- y económica) (pág. 111). Fuera del ámbito de la pareja, en algún momento de su vida, el 14,2% (3.020.472) de las mujeres ha sufrido violencia física (pág. 203), y el 14,5% (3.076.748) ha sufrido violencia sexual (pág. 235). En algún momento de su vida, el 36,2% (7.714.773) de las mujeres ha sufrido acoso sexual (pág.301), el 16,4% (3.500.820) ha sufrido acoso no sexual (pág. 322) y el 12,2% (2.606.612) ha sufrido acoso digital (con o sin connotaciones sexuales) (pág. 337).
Existen numerosos antecedentes históricos a los que el siglo XXI está aportando a propósito de la perspectiva de género en la salud de las mujeres, sus justas reivindicaciones en el ámbito científico y sanitario y el papel del feminismo en el camino hacia la igualdad. Un legado generoso que merece reconocimiento y gratitud.
En esta ocasión, nos remontamos a septiembre de 1995, cuando Naciones Unidas celebró la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer [5], en Beijing (China). La Declaración y Plataforma de Acción de Beijing [6], firmada por 189 países, supuso un punto de inflexión para las políticas de igualdad de género.
En la Declaración, los Gobiernos deciden “promover los objetivos de igualdad, desarrollo y paz para todas las mujeres del mundo, en interés de toda la humanidad” (pág.10) y se considera la igualdad indispensable para el bienestar de las mujeres y los hombres, así como para la consolidación de la democracia (pág.11).
Los tres puntos con referencias a la salud son: el 17, sobre el derecho de las mujeres a controlar los aspectos de su salud y fecundidad; el 27, sobre la atención primaria de la salud para niñas y mujeres; y el 30, sobre la igualdad de acceso y de trato de hombres y mujeres en la atención de salud y la promoción de la salud sexual y reproductiva de la mujer y su educación (págs. 12-13).
En la Plataforma de Acción, el Capítulo II, sobre el contexto mundial, incluye una referencia al deterioro medioambiental y sus consecuencias en los seres humanos, con especial afectación en la salud de las mujeres y las niñas (pág. 30), así como los efectos de la discriminación y la violencia contra las mujeres desde que son niñas (pág. 32).
El Capítulo III comienza con una afirmación sobre el avance de las mujeres y el logro de la igualdad entre mujeres y hombres como “una cuestión de derechos humanos y una condición para la justicia social y no deben encararse aisladamente como un problema de la mujer” (pág. 34). Se definen doce esferas de especial preocupación sobre la mujer que son: pobreza, educación, salud, violencia, conflictos armados, economía, ejercicio del poder y toma de decisiones, mecanismos para avanzar, derechos humanos, medios de comunicación, medio ambiente y la niña.
En España, en 1999, se constituyó el Grupo de Género y Salud Pública de la Sociedad Española de Salud Pública y Administración Sanitaria (SESPAS) para contribuir a reducir las desigualdades de género, al que le encargaron la realización del VI Informe SESPAS.
Dicho Informe se publicó en Gaceta Sanitaria (2004) y consta de Parte I. La salud pública desde la perspectiva de género y clase social y Parte II. Temas actuales de Salud Pública. Visiones de la salud pública desde la perspectiva de género y clase social [7]. Es un documento exhaustivo y de referencia para la comunidad científica y profesional. Tras 20 años, bien podría actualizarse y evaluar su recorrido en las políticas realizadas frente a la desigualdad. Y valorar ésta como factor de estrés determinante en la vida de las mujeres, que altera su desarrollo y produce efectos negativos en su salud física y mental.
La figura de Carme Valls-Llobet es imprescindible en la historia reciente del feminismo y la perspectiva de género en la salud. Su obra es un compendio de conocimiento que impugna con evidencia científica el sesgo de género en la investigación, la formación y la praxis médica, a través de sus publicaciones, desde Mujeres Invisibles (2006. Debolsillo) hasta Mujeres Invisibles para la medicina. Desvelando nuestra salud (2020. Capitán Swing). Esta última es magnífica, y aborda las agresiones a la salud de las mujeres, la invisible salud de las mujeres y la salud para disfrutar sin dependencias.
En 2007, la Ley Orgánica para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, en su Artículo 27, estipula la integración del principio de igualdad en la política de salud y el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres, evitando que por sus diferencias biológicas o por los estereotipos sociales asociados, se produzcan discriminaciones.
10 años después de esta Ley, Nuria Varela, en Cansadas (2017. Ediciones B), describe las desigualdades y dedica buena parte de esta obra a la violencia contra las mujeres, en todas sus formas, lo que incluye la violencia normalizada y el machismo “imperceptible” en las actitudes, el lenguaje y a la misoginia [8]. Fenómeno éste en plena expansión.
14 años después del primer Informe, en Incorporación de la perspectiva de género en la salud comunitaria. Informe SESPAS 2018 [9], se definen los conceptos de perspectiva de género y salud comunitaria, y se afirma con contundencia:
Las normas de género determinan diferentes maneras y oportunidades de vivir de las personas en función de su sexo, que se asocian a desigualdades de género en la salud, y por tanto la perspectiva de género debe ser incorporada de manera transversal en todas las fases del desarrollo de la salud comunitaria. No se trata solo de una cuestión de ética y de justicia, sino también de efectividad de las intervenciones (Artazcoz et al. 2018. Pág. 97)
En 2019, era Ministra de Sanidad Luisa Carcedo, cuando el Gobierno de España creó el Observatorio de Salud de las Mujeres (OSM) [10]. Actualmente ubicado en el espacio Salud y género de la web del Ministerio de Sanidad [11], con cuatro Áreas Estratégicas de Acción: transversalidad de género, violencia de género, estrategia de salud sexual y reproductiva, y Formación.
En abril de 2019 se aprobó el Marco Estratégico para la Atención Primaria y Comunitaria [12]. Entre los Ejes de la Desigualdad se formulan la clase social, el género, la edad, la etnia y el territorio (pág. 48657 del BOE)
En El género como determinante de la salud mental y su medicalización. Informe SESPAS 2020 [13], se abordan las desigualdades de género en la salud mental, el sobrediagnóstico y la medicalización de la salud mental de las mujeres, y la atención sanitaria con sesgos de género. Y afirman categóricamente:
La peor salud mental de las mujeres ha sido demostrada tanto en encuestas de salud como en estudios de base clínica. La hipótesis acerca de una mayor vulnerabilidad biológica de las mujeres es inconsistente, lo que haría que las condiciones de vida desiguales entre hombres y mujeres, junto con los modelos imperantes de masculinidad y feminidad hegemónicos, puedan estar explicando estas desigualdades de género en la salud mental. (Bacigalupe et al. 2020. Pág.61).
Por último, recientemente, ONUMUJERES presentó su evaluación en Los derechos de las mujeres 30 años después de Beijing [14], donde asevera que “El debilitamiento de las instituciones democráticas ha ido de la mano de la reacción contra la igualdad de género” (Pág. 6), como, ciertamente, se puede constatar.
Valls-Llobet, Carme. Mujeres, salud y poder. Cátedra. 2020. Pág. 277. ↑
Valls-Llobet, Carme. Mujeres, salud y poder. Cátedra. 2020. Pág. 160 ↑
Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género. https://violenciagenero.igualdad.gob.es ↑
Funcionarias de la Subdirección General de Sensibilización, Prevención y Estudios de la Violencia contra las Mujeres (Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género). Macroencuesta de Violencia contra la Mujer 2024. Ministerio de Igualdad. Madrid. 2025. Se accede a través de: https://violenciagenero.igualdad.gob.es/violenciaencifras/macroencuesta-de-violencia-contra-la-mujer-2024/ ↑
https://www.unwomen.org/es/digital-library/publications/2015/01/beijing-declaration ↑
Naciones Unidas. Declaración y Plataforma de Acción de Beijing. Reprinted by UN Women in 2014. https://www.unwomen.org/sites/default/files/Headquarters/Attachments/Sections/CSW/BPA_S_Final_WEB.pdf ↑
Sociedad Española de Salud Pública y Administración Sanitaria (SESPAS). Gaceta Sanitaria, Volumen: 18 Suplemento 1, Publicado: 2004. https://www.scielosp.org/j/gs/i/2004.v18suppl1/ ↑
Nuria Varela. Cansadas (2017). Tercera edición. Ediciones B. ↑
Lucía Artazcoz et al. Incorporación de la perspectiva de género en la salud comunitaria. Informe SESPAS 2018. Gaceta Sanitaria. 2018; Vol. 32. Núm. S1. Salud comunitaria y administración local. Páginas 92-97 (Octubre 2018). ↑
El OSM se creó mediante Acuerdo del Consejo de Ministros del 1 de marzo, y su publicación en la Orden PCI/462/2019 del BOE. ↑
Resolución de 26 de abril de 2019, de la Secretaría General de Sanidad y Consumo, por la que publica el Marco estratégico para la atención primaria y comunitaria. BOE núm. 109, de 7 de mayo de 2019. https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2019-6761 ↑
Amaia Bacigalupe et al. El género como determinante de la salud mental y su medicalización. Informe SESPAS 2020. Gaceta Sanitaria. Vol. 34. Núm. S1. Retos actuales de la Salud Mental desde la Salud Pública y la Administración Sanitaria. Páginas 61-67 (Enero 2020) ↑
ONU-Mujeres (Entidad de las Naciones Unidas para la Igualdad de Género y el Empoderamiento de las Mujeres). 2025. Los derechos de las mujeres 30 años después de Beijing. Nueva York: ONU-Mujeres. https://www.unwomen.org/sites/default/files/2025-04/womens-rights-in-review-30-years-after-beijing-es.pdf ↑