
A principios de 2026 se firmaron los dos instrumentos que constituyen el Acuerdo entre la UE y Mercosur, tras 25 años de negociación y casi 30 de un Acuerdo Marco de Cooperación. Sin embargo, el Acuerdo ha experimentado tropiezos de última hora, y debe ser ratificado por cada Estado miembro. De todos modos, el Acuerdo Comercial interino, que es uno de los dos instrumentos firmados, ha entrado en vigor de modo provisional el primero de mayo. Parece previsible que este Acuerdo será positivo para ambas partes, si bien debe prestarse atención a las demandas sindicales

Cuando el 16 de enero de 2026 los presidentes de los Estados de Mercosur y los del Consejo y la Comisión Europea firmaron en la capital de Paraguay, Asunción, los dos instrumentos del Acuerdo entre la UE y Mercosur –el Acuerdo Comercial Interino y el Acuerdo de Asociación– habían pasado más de 25 años desde que se iniciaron las negociaciones del mismo (1999), tras la firma del Acuerdo Marco de Cooperación (1995) entre ambos bloques de países. Ha sido la negociación comercial más larga de la historia y también el acuerdo comercial que afecta a una mayor población: 770 millones de personas.
A pesar de que el Parlamento Europeo acordó, el pasado 21 de enero tras reñida votación, solicitar al Tribunal de Justicia de la UE un dictamen sobre la compatibilidad del Acuerdo con los tratados de la UE, la Comisión Europea acaba de anunciar que el Acuerdo Comercial Interino entrará en vigor de modo provisional el próximo uno de mayo. Esta fórmula es la que permite evitar la parálisis completa de cualquier tratado comercial y de asociación económica, que necesita la ratificación por cada Estado miembro, mediante procedimientos diversos que hacen que el proceso se eternice por la acumulación de oposiciones sectoriales, más o menos fundadas, en muchos de ellos. Baste recordar que el Tratado de la UE con Canadá, el CETA, de cuya firma pronto se cumplirán diez años, todavía no ha sido ratificado por diez países de la UE. Mientras que la aplicación provisional de su parte comercial, la que origina las oposiciones sectoriales que se convierten en nacionales, ha permitido a la UE pasar de tener déficit comercial con Canadá a superávit, los aspectos políticos y de cooperación entre Canadá y la UE, tan esenciales hoy en una situación geopolítica y geoeconómica tan plagada de riesgos como la que vivimos, están suspendidos y tienen que desarrollarse al margen del CETA.
En la cumbre del G20 de Osaka (junio de 2019) se alcanzó un acuerdo de principio entre la UE y Mercosur. Más de cinco años después (diciembre de 2024), se cerró el Acuerdo. Los cambios más significativos en este período afectaron al medioambiente: se incorporaron un protocolo vinculante sobre sostenibilidad y medidas contra la deforestación y se explicitaron los compromisos con los Acuerdos de París. También se añadieron mecanismos de seguimiento y control del cumplimiento; y se introdujeron referencias a la seguridad económica y el acceso a las materias primas críticas. Algunos países de Mercosur explicitaron limitaciones al acceso a contratos públicos por empresas europeas.
Pero los principales cambios que desbloquearon una negociación interminable fueron políticos. En primer lugar, la voluntad política de Lula da Silva que, a primeros de 2023, volvió a la Presidencia de Brasil y se convirtió en el gran impulsor de la culminación del Acuerdo. La Comisión Europea por su parte también pisó el acelerador, tras la 2ª victoria de Donald Trump. Los obstáculos, que volvieron a presentarse en 2025 tras la firma del Acuerdo, y que fueron más allá de los técnicos de la redacción jurídica del Acuerdo, empezando por la todavía no resuelta oposición de Francia, también dieron lugar a algunos cambios de contenido –sobre todo en salvaguardias fitosanitarias y mecanismos para abordar cambios bruscos en los flujos comerciales–. Al final, la Comisión Europea, necesitada de responder a la política comercial agresiva y amenazante de los EEUU con algo más que la claudicación que supuso la negociación y firma del Acuerdo del campo de golf escocés (julio de 2025), decidió impulsar todos los procesos de negociación en curso –India, Nueva Zelanda, Chile, ASEAN, etc.–, empezando por el de Mercosur
Los principales contenidos del Acuerdo Comercial Interino
Para los bienes industriales, el Acuerdo prevé que la UE llegue, en el plazo de diez años, al arancel cero para el 100% de los productos industriales. Por su parte, los países de Mercosur se comprometen en el mismo plazo, o para algunos productos en quince años, a eliminar por completo los aranceles para el 90% de los productos.

En cuanto a los productos agrícolas, se prevén tres situaciones según el tipo de productos: a) los que alcancen progresivamente el arancel cero; b) los que tendrán un arancel más reducido; y c) los sometidos a contingentes: se permite importar una cantidad limitada con arancel reducido o cero, y una vez superado ese volumen se aplica el arancel normal (más alto). Los productos sometidos a cupos son: carne (vacuno, pollo y porcino): lácteos (quesos y leche en polvo); azúcar y derivados –etanol–; arroz, miel y maíz dulce.
Uno de los puntos más difíciles de negociar fue el cupo de la carne de vacuno, por la dura oposición de los ganaderos europeos. El acuerdo establece un nuevo cupo anual, para las exportaciones de Mercosur, de 99.000 toneladas, en “equivalente carcasa”, unas 76.000 TM de producto final, introducido progresivamente durante 5 años, a los que se aplicará un arancel reducido del 7,5%. La cantidad supone un 0,7% de la producción europea.
La Comisión ha anunciado la creación de un fondo de 1.000 millones de euros, ampliable, para compensar a los agricultores y ganaderos que eventualmente pudieran ser perjudicados por el Acuerdo.
Además, en la fase final de las negociaciones se introdujo un mecanismo de vigilancia y potencial reacción cuando en un determinado producto se produce una variación de la balanza comercial superior al 5%.
Otros contenidos del Acuerdo
Además de los ya mencionados, destacan los siguientes apartados: acceso a los mercados (acceso a contratos públicos, facilitación del comercio de servicios y protección de inversiones); normas sanitarias y fitosanitarias (reglas comunes para garantizar la seguridad alimentaria pero con mecanismos de control discutibles); protección de indicaciones geográficas; propiedad intelectual (refuerzo de la protección de marcas, patentes y derechos de autor); y facilitación del comercio (simplificación y transparencia de los trámites aduaneros).
El Acuerdo de Asociación establece un pilar de cooperación política, para la promoción de la democracia, el Estado de Derecho y los derechos humanos, la cooperación en las instituciones internacionales y la gobernanza global, la seguridad y la lucha contra el terrorismo y el crimen organizado. La política de cooperación material incluye los ámbitos del desarrollo sostenible, la educación, la ciencia y la cultura, la innovación tecnológica, la promoción de la cohesión social y la reducción de las desigualdades, así como las migraciones y las políticas sociales.
Posición del movimiento sindical
La Confederación Europea de Sindicatos y la Coordinadora de Centrales Sindicales del Cono Sur, han mantenido posiciones críticas durante todo el larguísimo proceso negociador, reclamando una participación más activa en el mismo. Han matizado sus críticas respecto a las que hacían al Acuerdo de principios de 2019, pero las mantienen en los siguientes aspectos: no se incluyen cláusulas exigibles de protección laboral; los compromisos medioambientales no tienen mecanismos de cumplimiento suficientes; pueden haber impactos negativos en el empleo en distintos sectores. Condicionan el apoyo al acuerdo a que se establezcan: cláusulas laborales vinculantes y exigibles; mecanismos de control con participación sindical, políticas de acompañamiento para los trabajadores afectados; y mecanismos para un cumplimiento efectivo de los Acuerdos de París.
Conclusión
La firma del Acuerdo tiene un gran valor político y diplomático en un momento en el que el comercio mundial sufre los agresivos envites del proteccionismo comercial y el nacionalismo económico de los EEUU de Trump 2, y el multilateralismo comercial y la OMC están bloqueados. Su última Conferencia Ministerial (Yaundé, 26 a 30 de marzo) concluyó en un rotundo fracaso, gracias a la posición de los EEUU, pero no solo. Las consecuencias económicas y comerciales del Acuerdo serán, en mi opinión, globalmente positivas para ambas partes, como están siendo los resultados de los principales acuerdos comerciales y de asociación bilaterales de los últimos tiempos, en particular los que está firmando la UE. No obstante, las consecuencias laborales y sociales para determinados sectores no están garantizadas, más en los países de Mercosur que en los de la UE. Y por ello, es muy importante que las exigencias sindicales puedan abrirse camino.